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Reunificación familiar con un ciudadano de un tercer país (por ejemplo Paraguay) que reside en Alemania
La visa de reagrupación familiar puede solicitarse en el caso del traslado familiar para reunirse con el cónyuge o madre/padre de un tercer país con residencia legal en Alemania. Para la residencia permanente en Alemania deberá previamente tramitarse en la Embajada el visado nacional necesario para el ingreso al país.
En el marco del trámite de visado el cónyuge extranjero deberá acreditar conocimientos del idioma correspondientes al menos al nivel A1 mediante certificado de una entidad examinadora certificada de conformidad con los estándares de ALTE (Association of Language Testers in Europe). Puede encontrar más información de la BAMF sobre demostración de conocimientos básicos de alemán aquí.
Motivo: desde el principio usted debe poder interactuar en Alemania en alemán, al menos en forma sencilla, y participar de la vida social. Los conocimientos de idioma facilitan la incorporación al curso de integración y también la integración a la sociedad alemana.
Los hijos menores de 16 años no requieren demostrar conocimientos del idioma. No obstante, a partir de los 16 años y menores de 18 años, en ciertos casos, deben demostrar conocimientos de idioma en el nivel C1. Este requisito se fundamenta en la obligatoriedad de asistir a la escuela. Sin conocimientos sólidos de alemán es muy difícil lograr una buena integración a una escuela alemana a esa edad. Los hijos mayores de edad no pueden reagruparse con su progenitor/a residente en Alemania.
Importante: Se ruega tener en cuenta que, aún con la presentación de un certificado de idioma actual y válido, la Embajada puede eventualmente si fuera necesario verificar el real dominio del idioma de los solicitantes.
Para solicitar el visado se deberá concurrir en forma personal y presentar la siguiente documentación:
- 1 Formulario de solicitud y la declaración de conformidad con art §54, apartado 2, número 8, en concordancia con el § 53, de la Ley de Permanencia (completados y firmados)
- 1 Foto actual apta para uso biométrico tamaño 3,5 x 4,5 cm (tomadas de frente, con los ojos mirando directamente a la cámara, fondo claro, sin sombra en el rostro, sin reflejos en los cristales de los anteojos, cabeza descubierta, boca cerrada. El rostro, desde el mentón hasta lel inicio de la cabellera, debe ocupar 80 % de la imagen -altura del rostro entre 3,6 y 3,2 cm-, deben verse claramente ambos lados del rostro).
Toda la documentación enunciada a continuación debe presentarse en original y una fotocopia (tamaño A4):
- Pasaporte vigente (debe tener una validez mínima de 180 días a partir de la fecha de ingreso a Alemania)
- Los extranjeros residentes en Paraguay deberán presentar CI de extranjeros
- Fotocopias del documento de identidad y/o del pasaporte del cónyuge o madre/padre, además la documentación del permiso de residencia en Alemania y prueba de suficientes fondos, por ejemplo contrato de trabajo
- Certificado de domicilio/constancia de empadronamiento del cónyuge/madre/padre en Alemania; si la familia se traslada junta desde Paraguay hacia Alemania: indicación del futuro o primer domicilio en Alemania
- Cónyuges: Partida de matrimonio con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán
En caso de reagrupación familiar de hijos menores de edad: partida de nacimiento del menor con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán. Eventualmente, partida de matrimonio con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán.
Tenga en cuenta: si su hijo menor tiene 16 años o más y no se muda a Alemania con ambos padres o con el padre que tiene la custodia exclusiva, se requierá un certificado de idioma alemán en el nivel C1.En caso de patria potestad compartida: Declaración notarial de consentimiento del padre no acompañante con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán sobre la salida y la residencia permanente del menor en Alemania.
En caso de ser titular exclusivo de la patria potestad: Resolución judicial de custodia y/o comprobante de custodia con traducción pública al alemán: si el progenitor que ya no tiene la custodia sigue teniendo derechos de acceso: declaración notarial de consentimiento del progenitor con apostilla (certificación internacional de autenticidad) con traducción pública al alemán
- Conocimientos del idioma alemán correspondientes por lo menos al nivel A1 mediante certificado de una entidad examinadora certificada de conformidad con los estándares de ALTE (Association of Language Testers in Europe), por ejemplo: ICPA (Instituto Cultural Paraguayo Alemán)
- Contratación de un seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000.- € y vigente a partir de la fecha de ingreso a Alemania). Debe presentarse a más tardar al retirar la visa.
► Aclaración: Las partidas emitidas por un Registro Civil en Alemania no requieren traducción ni apostilla.
► Se ruega tener en cuenta que la documentación requerida debe presentarse en su totalidad. Las solicitudes incompletas pueden ser causa directa de la denegación de la solicitud de visado.
Las presentes instrucciones se actualizan en forma permanente y son meramente enunciativas. En casos particulares la Embajada se reserva el derecho de solicitar documentación adicional. La solicitud sólo se procesará si la documentación necesaria es presentada en forma completa.
Aclaración:
En forma previa al otorgamiento del visado la Embajada solicita la autorización correspondiente ante la respectiva Autoridad de Migraciones en Alemania. Por tal motivo, el plazo de procesamiento de la solicitud de visa puede demorar hasta 3 meses o más. La Embajada no tiene injerencia sobre los plazos de los organismos en Alemania. El permiso de permanencia definitivo y de mayor duración es otorgado en Alemania por la Autoridad de Migraciones correspondiente luego de ingresar al país.
Junto con la presentación de la solicitud de visado para reagrupación familiar con ciudadanos de terceros países se deberá abonar un arancel en efectivo y en guaraníes, de conformidad con el tipo de cambio vigente en la Oficina de Pagos de la Embajada. Este arancel asciende actualmente a 75,- Euros.